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Canal Colegiado
Tanto los Ópticos-Optometristas como los establecimientos que deseen voluntariamente incorporarse a este proyecto, deben acreditarse cumpliendo las siguientes CONDICIONES:
1º.- CONDICIONES ACREDITACION DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE OPTICA:
La 5ª Delegación Regional del CNOO, anualmente abrirá un periodo de inscripción para aquellos establecimientos de Optica que deseen adherirse al convenio de colaboración. En su momento, el establecimiento interesado, deberá cumplimentar un "Anexo de Solicitud de participación" y acreditar documentalmente el cumplimiento de todos y cada unos de los siguientes requisitos:
- Disponer de la autorización "administrativo - sanitaria" de funcionamiento actualizada. conforme al Decreto 90/1998, de 23 de noviembre, por el que se regulan las autorizaciones administrativas de los establecimientos de Optica ( B.O.C. 27/11/1998), debiendo acompañar copia de la resolución.- Disponer de tonómetro de aire de no contacto corneal.- Indicar el nombre y número de colegiado del/los optico/s optometrista/s que han solicitado la matriculación al curso para acreditarse como asistentes primarios de la visión en el presente acuerdo *.
Todo ello deberá enviarse a la Quinta Delegación Regional del CNOO en C/ Arbolantxa, 6- 1º Dcha. de 48001- Bilbao. Aquellas solicitudes incompletas no serán tenidas en cuenta.
(*) Si no es superado el curso de formación por el óptico-optometrista, dicho centro no podrá acceder al acuerdo de colaboración.
2º.- CONDICIONES ACREDITACION PARA LOS OPTICOS- OPTOMETRISTAS:
Los Ópticos- Optometristas interesados en participar en el convenio de colaboración deberán OBTENER LA ACREDITACIÓN para poder intervenir en el convenio y para ello deben:
- Ser colegiado Ejerciente (*) en un establecimiento acreditado de Cantabria para este Convenio de Colaboración.- Asistir a un curso de formación continuada respaldado por la Comisión de Formación Continuada (CFC), estando prevista la superación de una prueba final de conocimientos adquiridos. La acreditación obtenida a través de este curso de formación tendrá una vigencia de al menos dos años, debiendo renovarse pasado este plazo mediante los mecanismos y requisitos que así se establezcan por la comisión mixta de seguimiento del Convenio de Colaboración.
(*) Los colegiados en Cantabria No Ejercientes y los ejercientes en un establecimiento NO acreditado para el convenio, podrán realizar este curso de formación continuada, quedando la entrega de la acreditación supeditada al cumplimiento de todas las condiciones anteriormente expuestas.
En caso de la presencia de varios Ópticos- Optometristas en un mismo establecimiento, se recomienda que todos ellos se matriculen en el citado curso ó en caso contrario, sólo podrá intervenir en la ejecución del convenio de colaboración aquel/los profesional/es que hayan quedado oportunamente acreditados tras el seguimiento del curso y en consecuencia sólo éstos dispondrán de la identificación y reconocimiento por el SCS para la intervención en el convenio de colaboración
listado completo de ópticas adheridas en la página web : http://www.scsalud.es/web/scs/convenio-de-colaboracion-de-los-opticos-optometristas
COLEGIO NACIONAL DE ÓPTICOS OPTOMETRISTAS QUINTA DELEGACIÓN REGIONAL
Arbolantza, 6 1º dcha 48001 BILBAOHorario: 8:00 h a 17:00 h (ininterrumpido)
TFNO: +34 94 424 13 25 FAX: +34 94 424 26 37
dr5@cnoo.es
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